Solicitud de empadronamiento por parte de la persona propietaria de la vivienda o titular del contrato de arrendamiento vigente. Junto con la instancia es necesario adjuntar los documentos identificativos de las personas a empadronar así como el título que habilita al responsable a conceder el empadronamiento (copia de escritura de propiedad o de contrato de alquiler vigente.
El Ayuntamiento dispone de un plazo máximo de 3 meses para resolver sobre la presente solicitud.